El dictamen de la Ponencia debe pasar por el Congreso. Estas son las claves del proyecto de ley trans y LGTBI que sigue su tramitación

Fuente (editada): NEWTRAL | Noemí López Trujillo | 13 DIC 2022

La tramitación de la ley trans y LGTBI avanza después de que el dictamen de la Ponencia haya sido aprobado por la Comisión de Igualdad esta semana, donde se han rechazado o incorporado enmiendas registradas por los diferentes grupos parlamentarios. Una de las enmiendas rechazadas ha sido la registrada por el PSOE para que menores trans de 12 a 15 años (ambas edades incluidas) que quieran cambiar su mención registral del sexo deban tener aval judicial. El proyecto de ley continuará como se remitió a las Cortes: aval judicial solo para menores de 12 y 13 años. Los de 14 y 15 no lo necesitarán, aunque sí que sean asistidos por sus progenitores. Y a partir de los 16, pueden pedir el cambio sin consentimiento parental y sin requisitos.

El dictamen de la Ponencia debe ser ahora sometido a votación en el pleno del Congreso el próximo jueves 22 de diciembre. Los grupos parlamentarios pueden mantener vivas aquellas enmiendas que han sido rechazadas para que vuelvan a ser votadas en el pleno. Tras esto, el texto será remitido al Senado.

A falta de que el dictamen sea sometido a votación en el Congreso, así como las enmiendas que se mantengan vivas, te explicamos las claves del texto normativo que sigue su tramitación.

Tramitación de la ley trans y LGTBI: ¿qué pasa con las personas menores?

La enmienda 26, registrada por el grupo parlamentario socialista, proponía eliminar la posibilidad de que menores de 14 y 15 años pidan el cambio de sexo legal por sí mismes y con acompañamiento parental, como establece el proyecto de ley trans y LGTBI. Proponían el procedimiento de jurisdicción voluntaria de los 12 a los 16. En definitiva, que todos los menores trans de 12 a 15 (ambas edades incluidas) solo puedan cambiar su mención registral del sexo con aval judicial. La enmienda ha sido rechazada con 13 votos a favor y 23 en contra.

Por tanto, la tramitación de la ley trans y LGTBI continúa tal y como fue remitida a las Cortes: menores de 12 y 13 años podrán modificar su documentación para adecuarla a su identidad pero con un expediente de jurisdicción voluntaria, es decir, con una autorización judicial. Para menores de 14 y 15 no será necesario aval judicial, como proponía el PSOE, sino que podrán cambiar su sexo legal sin requisitos pero asistidos por sus progenitores (o tutores legales). A partir de los 16, el cambio se podrá realizar sin requisitos y sin acompañamiento ni consentimiento parental.

Menores de menos de 12 años, de acuerdo con el proyecto de ley, no podrán modificar su mención registral del sexo, a pesar de que en 2022 hasta tres juzgados han autorizado tres peticiones de menores trans de menos de 12 años para cambiar su sexo legal.

Reversibilidad del cambio de la mención registral del sexo

Otras dos enmiendas registradas por el PSOE durante la tramitación de la ley trans y LGTBI versaban sobre la reversibilidad de un cambio de la mención registral del sexo. El grupo parlamentario socialista proponía que para revertir dicho cambio se iniciase un procedimiento de jurisdicción voluntaria. Es decir, que la reversibilidad requeriría autorización judicial.

Estas enmiendas también han sido rechazadas con 13 votos a favor, 21 en contra y 2 abstenciones. De esta forma, la norma proyectada continúa sin cambios. Esto implica que pasados seis meses tras un cambio del sexo legal, la persona puede revertir dicho cambio pidiéndolo en el Registro Civil, mediante el mismo procedimiento que la primera vez. Este procedimiento no incluye ningún mecanismo judicial pero sí consta de una doble comparecencia, es decir, no se exigen requisitos pero sí que la persona comparezca dos veces, pudiendo transcurrir hasta cuatro meses entre la primera y la segunda comparecencia.

Violencia intragénero en la tramitación de la ley trans y LGTBI: se eliminan las referencias

El proyecto legislativo incluía una definición de la violencia intragénero (la que se da en parejas del mismo género), así como algunas medidas destinadas a otorgar derechos y protección a las víctimas de esta violencia específica.

El PSOE, en sus enmiendas registradas durante la tramitación de la ley trans y LGTBI, abogaba por eliminar esta definición y todo lo referente a la violencia intragénero. La justificación era que “la actual regulación de la violencia doméstica y de la violencia de género da cobertura a todos los supuestos”.

Estas enmiendas sí han salido adelante, por lo que la ley eliminará todo aquello referente a “violencia intragénero”.

La enmienda para llevar las terapias de conversión al Código Penal es rechazada

Más País y Equo registraron una enmienda para llevar las terapias de conversión al Código Penal, es decir, para criminalizar estas terapias. El proyecto legislativo, en su artículo 17, prohíbe las terapias de conversión pero establece un régimen sancionador (multas económicas), no penas de prisión.

La enmienda registrada durante la tramitación de la ley trans y LGTBI proponía penas de prisión de uno a cuatro años y multa de ocho a veinticuatro meses para quienes practiquen este tipo de terapias, o Esfuerzos de Cambios de Orientación Sexual e Identidad o Expresión de Género (ECOSIEG) como las denomina el texto de enmienda, contra terceras personas. Proponía, además, aplicar la misma pena a quienes “remitan a una persona a ECOSIEG, la fuercen a recibir el mismo o consientan la práctica de ECOSIEG en un entorno bajo su supervisión donde podrían impedirla”.

Como presidente de No Es Terapia y autor del ensayo Ni enfermos ni pecadores, el abogado Saúl Castro explicaba a Newtral.es que “es necesario modificar el Código Penal porque se ha demostrado [en las comunidades autónomas donde ya se regula] que las sanciones económicas no son disuasorias y que las administraciones no tienen facultades para investigarlas”.

Sin embargo, esta enmienda ha sido rechazada. Más País y Equo pueden mantener la enmienda para someterla nuevamente a votación en el pleno del Congreso del 22 de diciembre.

Tratamientos para personas trans y reconocimiento de las personas no binarias

Unidas Podemos y otros nueve grupos parlamentarios (ERC, Más País, Bildu, Junts, BNG, PDeCAT, PNV, Compromís y Coalición Canaria) registraron, de forma conjunta, una enmienda que permitiría que las personas no binarias puedan omitir la mención relativa al sexo en sus documentos oficiales. Esta tampoco ha salido adelante en la votación en la Comisión de Igualdad.

También ha sido rechazada otra enmienda registrada en conjunto que introducía “los tratamientos necesarios relacionados con los procesos de transición” en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.