Un cambio de nombre y de identidad sexual registrados en un país de la UE debe reconocerse en todos, dice el TJUE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció el mes pasado que un cambio de nombre y de identidad sexual realizados legalmente en un Estado miembro de la UE debe reconocerse en los demás, en un caso relativo a un ciudadano de Rumanía que hizo la rectificación registral en el Reino Unido.
Fuente (editada): EUROEFE EURACTIV | Pau Mompó | 04 OCT 2024
En una cuestión prejudicial, la corte con sede en Luxemburgo concluyó que la negativa de un Estado miembro a reconocer un cambio de identidad de género legalmente adquirido en otro es contraria al Derecho europeo y obstaculiza el ejercicio del derecho de libre circulación y de residencia. (más…)