El cambio da cumplimiento a una sentencia del TSJA de mayo que responde a la petición de una persona de origen alemán, que pidió poder inscribirse sin especificar su sexo, tal y como ocurre en la documentación de su país.
Fuente (editada): EL SALTO | Patricia Reguero Ríos | 19 DIC 2023
El Área Informática de la Dirección General de Policía ha tenido que adecuar el sistema del Registro Central de Extranjeros para que una persona no binaria de origen extranjero pueda inscribirse con una “x”. El registro obligaba hasta ahora a elegir entre “hombre” o “mujer”.
Con esta modificación, la Policía Nacional da cumplimiento a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que en mayo de este año dio la razón a Andrea Speck, una persona de origen alemán que solicitó constar en este registro como persona de sexo “indeterminado”, “x” o “con una expresión equivalente”, tal y como ocurre en la documentación de su país de origen.
Speck no pudo reflejar su identidad no binaria al rellenar su inscripción, pese a que en la certificación que se expide tras cumplimentar la solicitud en este registro se especifica el nombre, la nacionalidad, el domicilio, el número de identidad del extranjero y la fecha de registro de la solicitud, pero no el sexo.
Andrea vive en Sevilla desde 2013. En 2017 trató de inscribirse en el Registro de Extranjeros como persona de género indeterminado. Al no conseguirlo, comenzó en 2018 el recorrido judicial junto a su abogada, Olga Burgos. Su proceso alcanzó un hito con la sentencia firme del TSJA, a la que la Policía da cumplimiento con el cambio que ha podido conocer ahora El Salto.
Según explica Speck, el siguiente paso ahora es exigir el cambio en otros documentos, donde la referencia a su sexo aparece reflejada de diferentes maneras. Así, especifica, en la Agencia Tributaria y el padrón municipal figura como “hombre”, mientras que en la Seguridad Social o el Servicio Andaluz de Empleo figura como “mujer”.
En mayo, la abogada de Speck valoraba la sentencia como pionera, ya que, explicaba, se trataría del primer pronunciamiento judicial en España que obliga a la administración pública a reconocer la pretensión de que una persona no binaria de ser registrada con los datos identitarios oficiales de su país de origen en España, y sentar un precedente para casos de extranjeros con la identidad no binaria reconocida en sus países de origen.
Malta, Países Bajos y Austria, además de Alemania, permiten una tercera casilla en Europa. También India, Nepal, Argentina, Canadá y Nueva Zelanda contemplan estas realidades.
El caso supone también una grieta hacia el reconocimiento de las identidades no binarias en España, después de que la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI pasara por alto sus demandas, entre ellas la inclusión de una tercera casilla que permita no especificar la referencia al sexo en términos binarios.