La ley trans regula el cambio de la mención registral al sexo a partir de los 12 años. El razonamiento del letrado que autoriza el cambio deja ver la situación de arbitrariedad actual.

Fuente (editada): EL SALTO | Patricia Reguero Ríos | 29 DIC 2023

El Registro Civil de un municipio del Baix Llobregat, en la provincia de Barcelona, ha modificado la mención registral al sexo de una niña de 9 años —cumplidos recientemente—, después de que así lo autorizara un escrito con fecha del pasado 22 de noviembre, que, pasado un mes sin que se hayan presentado recursos, ya es firme.

El escrito responde a la petición de los progenitores de la niña, cursada en diciembre de 2022, tres años después de haberse hecho efectivo el cambio de nombre en el registro, un cambio autorizado en abril de 2019.

Se trata del primer auto posterior a la aprobación de la ley trans favorable al cambio que conoce la Asociación Euforia Familias Trans-Aliadas, a la que pertenece la familia. El escrito muestra el panorama abierto en los registros tras la aprobación de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, que recibió el visto bueno definitivo en febrero de 2023. Este texto incluye cambios para los niños, niñas y niñes trans: establece que entre los 14 y los 16 años podrán cambiar su mención al sexo en el registro siempre que acudan acompañados de sus progenitores o tutores legales, mientras que entre los 12 y 14 años necesitarán autorización judicial, pero deja un vacío para las edades inferiores a los 12 años.

En su argumentación, el letrado que firma la autorización del cambio de la mención registral al sexo de la niña hace notar que la ley trans ha omitido a las personas menores de esas edades “sin explicar los motivos de su olvido o exclusión” por lo que, razona, se atiene a la derogada Ley 3/2007, que regulaba el cambio de la mención registral al sexo antes de la nueva ley y que estaba vigente cuando se inició el procedimiento.

Sobre la Ley 3/2007 existe un pronunciamiento del Tribunal Constitucional que insta a valorar “la suficiente madurez de la persona menor de edad y la estabilidad de la situación de transexualidad” como criterios para aprobar el cambio registral. Y eso es lo que hace el letrado en este caso. En el proceso se mantuvo una entrevista con la niña —un mandato de una instrucción de la Dirección General de Registros y Notariados—, de la que concluye que vive su identidad de una manera “radical y natural”, y “en coherencia” con la forma de presentarse a su entorno, lo que sería una prueba de su madurez. Además, hace constar que la niña se expresa así desde los 3 años, lo que acreditará la estabilidad de esta situación.

La madre de la niña, en conversación con El Salto, cree que la decisión del juez es “coherente”. “Ella hizo el tránsito con 3 años y ya desde antes manifestaba que era una niña; tenía ya toda su documentación con su nombre y solo nos quedaba el cambio de la mención al sexo en el registro”, explica.

Ahora, por ejemplo, la niña se podrá federar en la Federación de Patinaje y participar en concursos y exhibiciones, como hacen sus amigas. “Ella está que se sale, ¡va enseñando su DNI a todo el mundo!”, dice esta madre, que añade que la familia también lo está.

En el proceso, señala dos escollos: la primera, el miedo que le entró cuando les dijeron que la niña tendría que hacer una entrevista, sin saber a quién se encontrarían al otro lado. La segunda, el momento en que llevaron al registro la documentación para pedir el cambio y les dijeron que no se la podían coger, porque la ley no contemplaba un caso así. El primer escollo lo resolvió la niña con su seguridad ante la entrevistadora. El segundo lo resolvió la familia con información: sabían que el registro debía recoger sus documentos, y que la decisión sobre el proceso correspondía al letrado, e insistieron para hacer la entrega.

Desde comienzos de 2022, Euforia Familia Trans-Aliada ha conocido varias resoluciones favorables al cambio de la mención registral al sexo en niños, niñas y niñes menores de 12 años. En abril de 2023 se conocía una resolución relativa a un niño de 10 años de Torrelavega. El auto está fechado un día antes de la entrada en vigor de la ley trans. Además, registros de GuadalajaraValenciaOurense Fuerteventura han firmado escritos favorables al cambio de la mención registral al sexo desde finales de 2022.

Limitaciones de la ley trans

Para Natalia Aventín, presidenta de Euforia Familias Trans Aliadas, el razonamiento del letrado de este registro pone en evidencia que las horquillas de la ley trans suponen una limitación y, en la práctica, un retroceso con respecto a la ley anterior para niños, niñas y niñes trans, ya que la sentencia del Constitucional hizo desaparecer cualquier límite por edad en el reconocimiento de la identidad de las personas trans al calificar como inconstitucional este límite. “Es evidente que para las personas menores de 14 años era mejor la anterior ley rectificada por el tribunal Constitucional, puesto que abría explícitamente la posibilidad de existir”, lamenta.

El razonamiento del juez da fe de que la nueva situación deja al arbitrio de el o la letrada que reciba el caso y de sus prejuicios la decisión sobre el cambio, añade, algo grave cuando se trata de “personas especialmente vulnerables como son las personas menores trans”.

Aventín responsabiliza al PSOE de que no se legislara de forma más coherente sobre la infancia trans, ya que “el PSOE no quiso poner los derechos humanos de la infancia trans por delante de los postulados  transexcluyentes de algunas voces de su partido”.

A pesar de todo, la valoración es positiva. “Vemos que es posible encontrar los argumentos que faciliten las inscripciones, pero evidentemente seguimos luchando para que no sean casos aislados sino que todas las personas menores trans tengan reconocido el derecho a que el registro recoja su realidad”.