La Ley Trans está en el centro de una campaña transfóbica de la derecha y hasta de algunos sectores que se reclaman de “izquierda” o “feministas”, ante la promesa de aprobación de un Gobierno que la había frenado. Aunque es un avance fundamental, es necesario ir más allá.

Fuente (editada): IZQUIERDA DIARIO.es | Roberto Jara | 7 de diciembre, 2020

Algunas de las demandas históricas y años de trabajo de las organizaciones de personas trans se reflejaron en una propuesta de ley presentada en marzo de 2018 por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea. Desde entonces las propias organizaciones trans han tenido que reclamar en numerosas ocasiones a UP que “sacaran la ley del cajón” ante la urgencia de su aprobación a nivel estatal. En este tiempo se han aprobado además leyes trans en 9 de las 17 comunidades autónomas, mientras la Ley Trans estatal era aplazada durante años.

Y es que no todo el Gobierno del PSOE-UP está a favor de la Ley Trans. Además del rechazo de la derecha reaccionaria y sectores de la Iglesia, algunos sectores que dicen ser de izquierda o feministas lo consideran “un ataque a las mujeres”, como el Partido Feminista, Frente Obrero, la plataforma “Contra el borrado de las mujeres” (sic) o algunas figuras del PSOE.

Por ejemplo, la ministra Carmen Calvo afirmaba que “El denominado ‘derecho a la libre determinación de la identidad sexual’ o ‘derecho a la autodeterminación sexual’ carece de racionalidad jurídica” ante un documento del PSOE en el que se pronunciaba junto con el ministro José Luis Ábalos “contra los posicionamientos que defienden que los sentimientos, expresiones y manifestaciones de la voluntad de la persona tienen automáticamente efectos jurídicos plenos».

Esta ley no existe automáticamente por la voluntad del Estado de reconocer derechos, sino que responde a una pelea, organización y reclamación de las organizaciones trans. Esto constituye lo opuesto a “un borrado o un ataque a las mujeres”, sino a la resolución de situaciones urgentes (especialmente en el ámbito sanitario-administrativo) de un sector especialmente “borrado” y atacado históricamente, como son las personas trans.

Excepto para una minoría tránsfoba, para la mayor parte del movimiento de mujeres y LGBTIQA+ se fortalece la lucha del conjunto de los sectores oprimidos cuando uno de ellos avanza y arranca conquistas como esta ley. Que se legislen derechos a favor de las personas trans es un avance fruto de décadas de lucha, tal como fue la aprobación del matrimonio igualitario, el derecho al voto de las mujeres, al divorcio o al aborto legal en la sanidad pública, por ejemplo.

Aunque no se conoce una versión definitiva, según la propuesta de ley depositada en 2018, será posible cambiar el nombre y sexo en los registros oficiales sin tener que pasar el actual proceso de dos años de evaluación psicológica, patologización y medicalización, teniendo que presentar un informe médico y 24 meses de hormonación en base a la ley de 2007. Incluso las leyes trans autonómicas ya reconocen la posibilidad del cambio de nombre sólo para trámites de ámbito local.

El texto de la ley se concentra en el ámbito sanitario y administrativo, así como el educativo y laboral, destacando la situación de las personas trans menores de edad, entre el acoso y la falta de opciones en el sistema de salud. Con la nueva normativa, a partir de los 16 años ya no correspondería a la patria potestad decidir el cambio de nombre o el acceso a tratamientos hormonales.

Por todos estos motivos, porque significa la legislación de derechos para un sector oprimido y discriminado en diferentes ámbitos, es necesario apoyar la aprobación de una ley Trans, tal como exigen las organizaciones de activistas y familiares desde hace años, rechazando los intentos reaccionarios de frenar estos avances.

Después de una Ley Trans, ¿cómo sigue la lucha contra la transfobia?

En medio de un debate tan polarizado con la extrema derecha y la transfobia, no podemos dejar de lado, sin embargo, que aun cuando la aprobación de una Ley Trans supondría un avance necesario, quedan grandes cuestiones pendientes para que esta pase efectivamente del papel a la realidad.

Por una parte este artículo plantea límites concretos que esta ley tiene en la cuestión migratoria y en el sector laboral y en particular el privado. Por otra parte también señala más adelante que las instituciones que promueven la transfobia siguen con pactos privilegiados con el Estado que ningún gobierno se ha atrevido a cuestionar.

Si gran parte de las urgencias a las que responde la Ley Trans se dan en el ámbito administrativo y sanitario, ¿qué pasa con las personas trans migrantes? Ante la doble y triple opresión que sufren, esta Ley no afecta ni una coma de las racistas leyes de extranjería, ni la situación de las personas dentro de los CIEs. De hecho, frente a la barrera que supone la exclusión sanitaria y las restricciones para obtener papeles, el proyecto de Ley únicamente responde en el punto 5 del artículo 6 que “las personas trans migrantes que se encuentren en territorio nacional y sufran persecución por motivo de identidad sexual o expresión de género en su país de origen, tendrán derecho a la protección internacional que otorga la legislación vigente (Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria)”. Esto dejaría por fuera de la protección a todas aquellas personas trans migrantes que vienen de países donde no se puede demostrar una clara persecución por motivos sexuales.

Se les exige que aporten pruebas “convincentes” sobre su persecución. Sin embargo, la mayoría han tenido que ocultar los casos de torturas, abusos sexuales y encarcelamientos que han sufrido y aquí se ven en la tesitura de declarar en los aeropuertos al llegar ante la policía, la misma que en muchas ocasiones ejerce las persecuciones y las agresiones a estas personas en sus países de origen.

Así mismo, otro de los puntos en los que este proyecto de Ley se queda corto es en la necesaria ampliación de derechos es el mundo laboral. La elevadísima discriminación laboral de las personas trans es un ejemplo flagrante de desigualdad en la práctica. Aunque esta ley trata de abordarla en varios artículos, este tipo de medidas en muchas ocasiones no se cumplen en los centros de trabajo sin una lucha que presione por imponerlas como una conquista.

Aunque en el artículo 17 sume “la discriminación por razón de identidad sexual y expresión de género a la legislación laboral y social vigente” y en el 21 habla de “sancionar las situaciones discriminatorias y de acoso laboral (mobbing)”, esta protección llega una vez que las personas trans ya han sido contratadas, sin tomar en cuenta que en realidad es la no contratación la forma de discriminación más frecuente, que lleva a unos elevadísimos índices de desempleo.

La investigación reciente de la FRA (Agencia Europea de Derechos Fundamentales) da unos datos para el Estado español de un 77% de mujeres trans que han sufrido discriminación a la hora de buscar empleo. También refleja que un 34% de personas trans han sufrido discriminación en el trabajo y un 58% de las que tienen empleo oculta su identidad en el mismo. Si esta ley permite acelerar el cambio de nombre administrativo, la discriminación tránsfoba en la contratación quedaría desligada del nombre reflejado en los documentos, pero a merced del “passing” (no ser detectada como persona trans).

Sobre el desempleo la ley contempla una “cuota de reserva de puestos de trabajo para personas trans en el sector público” en el artículo 19, pero sin determinar su porcentaje. También es necesario resaltar que la idoneidad para un puesto público implica la ausencia de antecedentes penales, algo significativo, ya que muchas personas trans tienen o han tenido como sustento de vida la prostitución y por ello pueden estar más expuestas al hostigamiento, la persecución y la violencia policial.

Pero más allá del sector público, en el sector privado la ley propone en el artículo 20 que la patronal no pierda ni un euro, sino que se deduzca “el sesenta por ciento (60%) de las retribuciones correspondientes al personal trans contratado en cada periodo fiscal”, recibiendo durante cinco años dinero público por estas contrataciones. Sin embargo, no establece ningún cupo obligatorio, lo que sería necesario en empresas de gran tamaño, por ejemplo, para garantizar la contratación de personas trans.

También esta ley modificaría el artículo 52 D) del Estatuto de los Trabajadores, añadiendo la no computación de los trámites relacionados “con el proceso de transición de las personas trans” como faltas de asistencia al trabajo. Es de gran importancia que la ley ampare esta situación, ampliando la no computación que ya atañe a lo relacionado con la maternidad y el embarazo, entre otras causas. Sin embargo, este tipo de legislación se viola en muchas ocasiones, como se puede ver en los casos de despido de personas trabajadoras al quedarse embarazadas.

Sin una pelea por imponer los derechos conquistados más allá del papel, esta ley tiene muchas papeletas para perderse en las puertas de los centros de trabajo, al igual que cualquier otra ley que cuestione algún tipo de mandato de la clase capitalista.

Mientras la Ley Trans es objeto de polémica aún llevando varios años “en el cajón”, los acuerdos del Estado con la reaccionaria y LGBTIfóbica Iglesia no se ven cuestionados. Esta institución cuenta con inmensos fondos de dinero público para continuar con su campaña de odio, con fundaciones como Hazte Oír, cursos ilegales para “curar” lo que no es cisheterosexual o sucesivas declaraciones LGBTIfóbicas.

El paso que supondría aprobar esta ley, con medidas para mejorar la situación de menores trans, nos lleva a cuestionar qué aplicación tiene dentro de los más de 2.500 centros educativos que controla la Iglesia en el Estado español a través de subvenciones millonarias del Estado.

Nos lleva a cuestionar cómo se van a desarrollar las conquistas para las personas trans en el sistema sanitario que recoge esta ley, en una sanidad pública desfinanciada y privatizada durante décadas de recortes, cuyas consecuencias se han agudizado en la pandemia.

Nos lleva a cuestionar cómo se van a aplicar sus medidas contra la discriminación laboral de las personas trans dentro de los centros de trabajo, ante la “normalidad” de abusos que comete la patronal cuando no se ve presionada y cuenta con un Estado que responde a la organización de sus intereses.

A pesar de que es un avance histórico, sería ingenuo pensar que si se aprueba esta ley se va a terminar la transfobia, como no se terminan los abusos patronales porque haya derechos laborales, ni la violencia machista porque haya leyes de violencia de género. Si se aprueba, no sólo será necesaria una pelea para imponerla de forma efectiva, sino también por combatir las instituciones de un sistema capitalista que utilizan la transfobia y el resto de opresiones patriarcales para dividir al conjunto de los sectores explotados y oprimidos.

Estos son algunos de los puntos por los que esta ley supone una conquista a pesar de los sectores que quieren negar derechos a las personas trans, pero no puede ser el fin último de la pelea en una sociedad en la que la igualdad ante la ley no siempre es igualdad ante la vida.