La norma busca prohibir las intervenciones quirúrgicas en personas intersex menores de 12 años por motivos estéticos o de asimilación de un sexo

Fuente (editada): EL DIARIO | Alberto Ortiz | 9 ABR 2024

Sumar quiere impulsar una ley en el Congreso para que las personas no binarias puedan plasmar su identidad sexual en sus documentos de identidad. La proposición que ha registrado este miércoles el grupo plurinacional contempla un cambio en la ley que regula la expedición de estos documentos para que cualquier persona pueda, durante la expedición o renovación, rellenar la opción de “sexo” como “hombre”, “mujer” o “no binario”. También permitirá que les progenitores de una persona intersex recién nacida puedan dejar su sexo en blanco hasta que esa persona manifieste su identidad “real” y “sentida”.

Este es uno de los principales cambios legales que introduce la ley que lleva la firma de las diputadas de Sumar Esther Gil, Julia Boada, Engracia Rivera y de la portavoz Verónica Martínez y a la que ha tenido acceso este diario. La ley introduce cambios en varias leyes para reconocer los derechos de las personas intersex y no binarias: busca, por ejemplo, prohibir las operaciones en personas intersex menores de 12 años por razones “estéticas” o por “asimilación de un sexo” y en general despatologizar a estas personas en el ámbito de la sanidad.

El texto cree que aunque la regulación en materia LGTBIQA+ ha avanzado sustancialmente en los últimos años, especialmente con la ley de 2023 del Ministerio de Igualdad, “sigue siendo necesaria una regulación más amplia y detallada, donde se garantice que todos los colectivos de identidades diversas sean reconocidos y protegidos de manera justa y equitativa”. En concreto, señalan que la norma aprobada durante la pasada legislatura adolece de una normativa específica para el reconocimiento de las personas intersex y no binarias.

Por ello, uno de los primeros pasos de esta nueva ley consistirá en introducir facilidades para el registro de la identidad de estas personas en los documentos oficiales. Para ello, modifica las leyes que regulan la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI) y del Pasaporte para que las personas no binarias puedan registrarse como tales. “Cuando la persona titular, durante los trámites de expedición o renovación del documento, cumplimente la información relativa a los datos del ”sexo“, podrá optar por alguna de estas tres posibilidades: ”hombre“, ”mujer“ o ”no binario“, introduce la nueva ley en esas regulaciones.

También facilitará la inscripción en el Registro Civil de las personas intersex a través de una modificación del artículo 49 de la ley del Registro Civil. En la actualidad, la legislación contempla que una persona intersex recién nacida pueda figurar con la categoría de sexo en blanco durante el plazo máximo de un año. Pasado dicho plazo “la mención del sexo será obligatoria”. Sumar quiere cambiar esta limitación de un año y permitir que figure en blanco hasta que la persona intersex “manifieste su identidad real y sentida”. Mientras tanto, “se consignará la asignación de un sexo de crianza o social”.

“Si fuera necesario expedir certificación registral de nacimiento de la persona menor intersex para trámites relacionados con la expedición de DNI, pasaporte o circunstancias análogas y mientras la mención del sexo quede en blanco, se expedirá certificado registral constando el sexo de crianza o social que figure en legajo y hasta tanto no se subsane el dato de la mención del sexo por la declaración de la persona inscrita”, añade la nueva redacción.

Por otro lado, el texto quiere blindar la protección de las personas intersex en la salud con la adición de varios artículos en la ley de 2023. “La atención a la salud de las personas intersex se realizará conforme a los principios de no patologización, autonomía, decisión y consentimiento informados, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación. Se asegurará, en todo caso, el respeto de su intimidad y la confidencialidad sobre sus características físicas, evitando las exploraciones innecesarias o su exposición sin un objetivo diagnóstico o terapéutico directamente relacionado”, establece la nueva redacción.

En concreto, la nueva ley prohíbe “prácticas en personas menores de doce años” que impliquen “cualquier tipo de modificación genital correctiva por motivos estéticos o de asimilación a un sexo”, “la extracción de gónadas sin indicios de enfermedad” (se sustituirán por revisiones periódicas menos invasivas) y “las exploraciones genitales y corporales que no resulten imprescindibles para la prevención o detección de posibles afectaciones a la salud y que pueda ser comprobado con la documentación pertinente”.

“Estás prácticas solo podrán llevarse a cabo en aquellos casos en los que las indicaciones médicas lo exijan en aras a salvaguardar la salud de la persona. En dichos supuestos, se garantizará el acceso a una información completa y de calidad que deberá contar con una explicación clara y accesible de los pros y contras de la intervención y que permita obtener una visión general antes de la prestación del consentimiento por sus tutores o guardadores legales”, dice la ley que propone Sumar.

La ley introduce además una disposición que establece un plazo de un año para que todas las administraciones públicas implementen las medidas que contempla el texto, que deberá contar con al menos la mayoría simple de la cámara para empezar a tramitarse en el Congreso.