Según cifras del Poder Judicial, del total de solicitudes 15 se han cursado en regiones y 13 en la capital. Al respecto, destaca que ayer la magistrada del Segundo Juzgado de Familia, Macarena Rebolledo, dictó la primera sentencia favorable al cambio de sexo registral de una persona adolescente.
Fuente (editada): elDESCONCIERTO | 14.01.2020
Un total de 28 adolescentes han solicitado en distintos tribunales del país el cambio de su nombre y sexo legal, luego de que el pasado 27 de diciembre entró en vigencia la ley de identidad de género.
Según cifras del Poder Judicial, del total de solicitudes 15 se han cursado en regiones y 13 en la capital. Al respecto, destaca que ayer la magistrada del Segundo Juzgado de Familia, Macarena Rebolledo, dictó la primera sentencia favorable al cambio de sexo registral de una persona adolescente.
La jueza sentenció que “no hay razones desde los antecedentes normativos y científicos para desconocer el derecho a la identidad sexual de niñes y adolescentes. No solo son titulares del derecho a la identidad sexual, sino que pueden y deben ejercer su derecho al reconocimiento de la identidad sexual sin más limitaciones que las que imponen sus propios desarrollo y autonomía progresivas en su trayectoria de vida, siendo un imperativo para el Estado y sus poderes, así como para cada persona progenitora o adulta responsable, velar por el interés superior cumpliendo todas las garantías y salvaguardias debidas, a fin de procurar así la eliminación de todas las formas de exclusión que hoy afectan a les niñes trans en Chile”.
Para la activista trans del Movilh, Paula Dinamarca, “hoy 28 jóvenes están a pasos de contar con documentos legales que den cuenta de su verdadera identidad. Antes debían pasar por innumerables obstáculos y burocracias, obteniendo tras años y ya en la adultez el cambio de su hombre y sexo registral. Hoy, con la Ley de Identidad de Género, el proceso es más rápido y digno. Valoramos que los tribunales estén resolviendo las solicitudes con celeridad. Esta es una muy buena señal”.
De acuerdo a la Ley de Identidad de Género, las personas mayores de 14 años y menores de 18 años deben efectuar las solicitudes en tribunales de la familia idealmente con el respaldo de al menos una persona representante legal.
En tanto, las personas mayores de 18 años deben formular la solicitud directamente en el Registro Civil. “Las personas menores de 14 años, en cambio, quedaron excluidas de la ley, algo que nos pesa y duele y esperamos se corrija con una reforma”, sentenció Dinamarca.