SegĂșn cifras del Poder Judicial, del total de solicitudes 15 se han cursado en regiones y 13 en la capital. Al respecto, destaca que ayer la magistrada del Segundo Juzgado de Familia, Macarena Rebolledo, dictĂł la primera sentencia favorable al cambio de sexo registral de una persona adolescente.
Fuente (editada): elDESCONCIERTO | 14.01.2020
Un total de 28 adolescentes han solicitado en distintos tribunales del paĂs el cambio de su nombre y sexo legal, luego de que el pasado 27 de diciembre entrĂł en vigencia la ley de identidad de gĂ©nero.
SegĂșn cifras del Poder Judicial, del total de solicitudes 15 se han cursado en regiones y 13 en la capital. Al respecto, destaca que ayer la magistrada del Segundo Juzgado de Familia, Macarena Rebolledo, dictĂł la primera sentencia favorable al cambio de sexo registral de una persona adolescente.
La jueza sentenciĂł que âno hay razones desde los antecedentes normativos y cientĂficos para desconocer el derecho a la identidad sexual de niñes y adolescentes. No solo son titulares del derecho a la identidad sexual, sino que pueden y deben ejercer su derecho al reconocimiento de la identidad sexual sin mĂĄs limitaciones que las que imponen sus propios desarrollo y autonomĂa progresivas en su trayectoria de vida, siendo un imperativo para el Estado y sus poderes, asĂ como para cada persona progenitora o adulta responsable, velar por el interĂ©s superior cumpliendo todas las garantĂas y salvaguardias debidas, a fin de procurar asĂ la eliminaciĂłn de todas las formas de exclusiĂłn que hoy afectan a les niñes trans en Chileâ.
Para la activista trans del Movilh, Paula Dinamarca, âhoy 28 jĂłvenes estĂĄn a pasos de contar con documentos legales que den cuenta de su verdadera identidad. Antes debĂan pasar por innumerables obstĂĄculos y burocracias, obteniendo tras años y ya en la adultez el cambio de su hombre y sexo registral. Hoy, con la Ley de Identidad de GĂ©nero, el proceso es mĂĄs rĂĄpido y digno. Valoramos que los tribunales estĂ©n resolviendo las solicitudes con celeridad. Esta es una muy buena señalâ.
De acuerdo a la Ley de Identidad de Género, las personas mayores de 14 años y menores de 18 años deben efectuar las solicitudes en tribunales de la familia idealmente con el respaldo de al menos una persona representante legal.
En tanto, las personas mayores de 18 años deben formular la solicitud directamente en el Registro Civil. âLas personas menores de 14 años, en cambio, quedaron excluidas de la ley, algo que nos pesa y duele y esperamos se corrija con una reformaâ, sentenciĂł Dinamarca.